Espiar whatsapp
Una de las consultas más recurrentes que recibimos en Detectives Servet, es la de si ofrecemos algún tipo de servicio relacionado con el espionaje de la aplicación whatsapp en particular o de los teléfonos móviles en general.
Nuestra respuesta es siempre la misma: no.¿Puede hacerse técnicamente?..si hemos llegado a la Luna.Pero ese es otro tema.En otro articulo hablaremos de whatsapp, su funcionamiento, seguridad y su validez como prueba documental en los Procedimientos Judiciales.
Hoy quiero centrarme en relación a este tipo de consultas que recibimos en nuestra Agencia de Detectives en Zaragoza. El problema se llama limitación legal, y ojo,esa limitación aunque no lo sepas, también la tienen las personas que nos hacen la consulta. O mejor dicho..su limitación es superior. Me explicare:
Todo el mundo ha oído hablar de la Constitución. Muchos del articulo 18, y aunque así de repente seguro que no, tal vez si que te suena eso del secreto de las comunicaciones. Hilando más finos nos vamos al Articulo 197.1 del Código penal y la cosa se complica.Se complica tanto que te puedan caer entre uno y cuatro años de cárcel por,entre otras cosas, espiar un teléfono móvil.
Pero la cosa no queda ahí. Resulta que si la persona que espía el dichoso dispositivo, es familia o esta ligada al espiado, no solo no es atenuante o eximente, sino que es considerado un agravante, por lo que la pena seria superior.Y para que finalmente empieces a pensártelo, si la información que obtienes la divulgas, o ésta contiene datos de carácter religioso, ideológico, racial, sexual..etc..te caen mas años que al Lute.
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